
El Consejo Federal hizo lugar a la apelación de Unión y le dio por ganada la serie ante Libertad

Hace instantes se dio a conocer decisión del Consejo Federal de la AFA a la apelación presentada por el Club Atlético Unión y Fuerza.
Tras la suspension del partido de vuelta entre Libertad y Unión y Fuerza por la agresión con un proyectil que cayó desde la tribuna local a un jugador de la visita a los 19’ST, el Tribunal de Disciplina de la Liga del Noroeste había resuelto finalizar el partido con el resultado que hasta ese momento era de 1 a 0 en favor del equipo de Corzuela. Como el global quedaba empatado 2 a 2, desde la LFNOCH dispusieron que se traslade la definición por penales al estadio de Cooperativa Las Breñas.
Por su parte el COPROSEDE dispuso una sanción a Libertad que consistd en jugar dos partidos en condicion de local a puertas cerradas sin la presencia público.
Unión y Fuerza apeló ante el Consejo Federal de la AFA la sanción del Tribunal de la Liga y luego de varios días esta tarde se conoció la resolución que indica lo siguiente:
1°) Hacer lugar al Recurso de Apelación elevado por la Asociación Civil Club Atlético Unión y Fuerza de Corzuela, contra la resolución 14/2023 dictada el día 18/07/2023 por el Tribunal de Disciplina de la Liga Fútbol del Nord Oeste Chaqueño, dando por perdido el partido de vuelta que disputaba versus el Club Social y Deportivo Libertad Charata, correspondiente a la instancia de cuartos de final del Torneo Apertura 2023 de la citada Liga, por un gol a cero, descontar los tres puntos correspondientes al partido de ida y dar por perdida la llave clasificatoria a éste último (Arts. 32, 33 y 80 del RTP).
2°) Aplicar al Club Social y Deportivo Libertad Charata una multa de 100 entradas por el término de dos fechas, en forma condicional (Arts. 32, 33, 63 y 80 del RTP).
3°) Disponer el reintegro a la Asociación Civil ñ Club Atlético Unión y Fuerza de Corzuela, afiliada a la Liga Fútbol del Nord Oeste Chaqueño, del importe abonado en concepto de Derecho de Apelación (Art. 73 in fine del RGCF)